Kuwait alista elecciones parlamentarias para este 4 de abril
Las elecciones parlamentarias en Kuwait programadas para el próximo 4 de abril serán las vigésimo primeras en la historia del país.
Las elecciones parlamentarias en Kuwait, programadas para el próximo 4 de abril de 2024, serán las vigésimo primeras en la historia del país.
Estos comicios siguen al decreto emitido por el Emir, jeque Meshal Al-Ahmad Al-Sabah, de disolver el Parlamento debido a una presumible violación de los principios constitucionales, falta de respeto hacia la autoridad suprema y utilización de un lenguaje inadecuado.
A su vez, el 21 de febrero pasado, el Emir emitió el Decreto Ley número 4 de 2024 sobre las elecciones para el Consejo Nacional, suspendió de manera temporal la Ley número 120 de 2023 sobre las elecciones para el Consejo Nacional (Ley de la Comisión Electoral General).
Kuwait está dividido en cinco distritos electorales, cada uno elige a 10 candidatos y el electorado tiene derecho a seleccionar a solo un candidato según el sistema de voto único establecido en el artículo 81 de la Constitución.
Según las estadísticas oficiales, después del cierre de la nominación fueron registrados 219 candidatos.
En el Parlamento anterior, el número de aspirantes fue de 207 y hoy la cifra de mujeres elegidas superó en un dígito (14) en comparación con la votación precedente.
Por su parte, el ministro de Información y Cultura de Kuwait, Abdulrahman Al-Mutairi, confirmó la preparación en todas sus áreas para ejecutar un plan integral de cobertura de las próximas elecciones parlamentarias
Asimismo, estarán dispuestos todas las capacidades y recursos disponibles para cumplir con el evento democrático de una manera digna de la reputación y posición de Kuwait, por medio de una variedad de programas de radio y televisión, con una planificación completa y una alta disposición del personal de su entidad.
El proceso permitirá el uso de las últimas tecnologías y herramientas de medios de comunicación, así como la difusión de informes y noticias y el seguimiento de todo lo relacionado con este compromiso constitucional.
Con anterioridad, la Administración de Elecciones de Kuwait anunció el total de ciudadanos con derecho a votar en los comicios, a saber, 834 mil 733 votantes, divididos entre 405 mil 948 hombres y 428 mil 785 mujeres.
La especialidad del sagrado mes del Ramadán, y de los últimos 10 días del mismo, añade a la escena electoral un aura hermosa y un tinte maravilloso.
De acuerdo con informes, las venideras elecciones serán diferentes de las precedentes y sentarán las bases para un Consejo que no enfrentará circunstancias similares a las de los consejos anteriores, donde las decisiones fueron anuladas por la vía judicial debido a impugnaciones al decreto de disolución del consejo anterior o al decreto de convocatoria a elecciones.
La Corte Constitucional de Kuwait anuló tres consejos debido a la inconstitucionalidad del decreto de disolución o del decreto de convocatoria a elecciones.
A su vez, el Consejo entrante está protegido de la anulación judicial por estas razones, gracias a lo emitido hace poco por una norma encaminada a modificar la ley de la Corte Constitucional en este aspecto, la cual establece un plazo de 10 días a partir de la emisión del decreto de disolución para impugnarlo.
La ley electoral para las próximas elecciones fue promulgada mediante un decreto, el cual permite fusionar disposiciones de la ley de la Comisión Electoral y la antigua ley electoral.
Otra modificación importante para las próximas elecciones fue dar la posibilidad a los candidatos prohibidos por la ley de injurias a la divinidad, los profetas o la autoridad principesca de poder presentarse como candidatos al Consejo Nacional (parlamento).
Uno de los artículos aprobados en la ley de la Corte Constitucional establece que cualquier persona con un interés directo puede impugnar ante el referido organismo el decreto de disolución del Consejo Nacional dentro de los 10 días siguientes a su publicación en el periódico oficial.
Además, la Corte emitirá su fallo dentro de los 10 días siguientes al vencimiento del plazo de impugnación, por lo cual el plazo para impugnar el decreto de disolución emitido el pasado 15 de febrero expiró.
Las enmiendas privan a la Corte Constitucional de revisar esos decretos después de anunciados los resultados de las elecciones.
El segundo artículo dispone que en cualquier caso, la Corte Constitucional no puede considerar el decreto de disolución del Consejo Nacional, así como el decreto de convocatoria a elecciones para elegir miembros del Consejo Nacional después anunciados los resultados de las elecciones.
Al mismo tiempo, la Corte decide sobre las impugnaciones relacionadas con la elección de miembros del Consejo Nacional, o la validez de su membresía, dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del plazo de impugnación.
Con respecto a la preparación del primer Parlamento protegido contra la anulación judicial, la próxima asamblea estará a salvo de ser disuelta por la vía judicial por decreto de disolución o de convocatoria electoral.
Ello obedece a un cambio en la ley encaminada a modificar la disposición del Tribunal Constitucional para limitar el período de tiempo a impugnar un decreto de disolución a 10 días después de su emisión.
La ley electoral para las próximas elecciones tiene como base un decreto para fusionar disposiciones de la Ley de la Comisión Electoral y la ley electoral anterior.
Otro cambio importante en las próximas elecciones es permitir a los candidatos excluidos por la llamada "ley de descalificación" por ofender a la divinidad, profetas o la dignidad del príncipe heredero, tener la oportunidad de presentarse nuevamente, sujeto a ciertas condiciones, como cumplir con las sentencias dictadas según el código penal para restablecer los derechos políticos después de cumplir la sanción.
En cuanto a las modificaciones en la ley del Tribunal Constitucional, en agosto del año pasado, fueron añadidos dos disposiciones a la ley del Tribunal Constitucional mediante legislación emitida por el Parlamento y aprobada por el Emir, con el objetivo de otorgar inmunidad al Parlamento contra disolución judicial después de comenzar su trabajo.
Una de ellas permite a cualquier persona con un interés directo impugnar ante el Tribunal Constitucional un decreto de disolución del Parlamento dentro de los 10 días siguientes a su publicación en el diario oficial.
Al respecto, el tribunal emitirá su fallo sobre la impugnación dentro de los 10 días siguientes a la expiración del plazo de impugnación. Esto instituye el plazo para impugnar el decreto de disolución emitido el 15 de febrero pasado.
La segunda modificación imposibilita al Tribunal Constitucional revisar un decreto de disolución del Parlamento ni de convocatoria a elecciones para elegir miembros del Parlamento después de anunciado el resultado de las elecciones.
El tribunal decidirá sobre las impugnaciones relacionadas con la elección de los miembros del Parlamento o la validez de su membresía dentro de los 30 días posteriores a la expiración del plazo para impugnar.