España prohíbe el tabaco calentado con aromas
La nueva forma de consumo regulada consiste en calentar electrónicamente el producto, pero sin combustión, en contraste con el cigarrillo tradicional.
No importan sus diferencias, el tabaco calentado tendrá en España a partir de ahora la misma regulación que el convencional, según el Ministerio de Sanidad.
Un nuevo decreto vetó la posibilidad de vender los aromas en algunos de sus componentes, o cualquier otra técnica para modificar el sabor.
Además, estableció la necesidad de fijar en el etiquetado las advertencias de perjudicial para el organismo, en especial la alerta de 70 sustancias cancerígenas.
“Trabajamos en un Plan Integral de Prevención y Control para avanzar en la restricción, y otros aspectos para prevenir adicciones", afirmó la titular del sector, Mónica García.
La nueva forma regulada consiste en calentar electrónicamente el producto, pero sin combustión, en contraste con el cigarrillo tradicional.
Sus limitantes no son aplicables a otras variantes, como los vapeadores, que no resultan propiamente del tabaco, a pesar de contener nicotina.
✅ Se aprueba la regulación de aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de productos del tabaco y productos relacionados.
— Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) January 16, 2024
La medida se enmarca en los planes del Ministerio de Sanidad para la prevención de adicciones y protección de la salud pública. pic.twitter.com/EJOIMg31nt
España tiene un número importante de consumidores, y una escena habitual en sus calles es el de las terrazas de bares con numerosos clientes fumando.
Datos del último informe anual sobre tabaquismo de la Organización Mundial de Salud alertaron que el 26 por ciento de la población adulta está enferma, por encima de la media mundial de 22,3.