“La historia de la verdad” sobre la explosión del puerto de Beirut... ¿Qué ofreció Al Mayadeen?
Lo transmitido por Al Mayadeen constituye una referencia importante en la que se puede confiar para arrojar luz sobre muchas de las lagunas y misterios.
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“La historia de la verdad” sobre la explosión del puerto de Beirut... ¿Qué ofreció Al Mayadeen?
La presentación sistemática y secuencial de Al Mayadeen de documentos y escritos, directamente relacionados con la ruta del buque “Rhosus” que llevaba una carga mortal de nitrato de amonio, la cual provocó la catastrófica explosión del puerto de Beirut, y lo sucedido a partir de los hechos relacionados con la ruta del cargamento y del barco, -desde su salida de Georgia, hacia Estambul, y su posterior ingreso a las aguas territoriales libanesas, y luego al recinto del puerto de Beirut, al atracadero No. 9, pabellón número 12, y a la siniestra explosión- constituye un referente importante en el que se puede confiar para esclarecer muchas de las lagunas, misterios y puntos reservados en los datos filtrados hasta el momento sobre la investigación que conduce al juez de instrucción Tariq al Bittar, sobre la explosión, con base en el mandato del Consejo de Ministros, que remitió el caso al Consejo de la Judicatura.
Los documentos presentados por parte de Al Mayadeen de manera abstracta, objetiva, científica y metódica, presenta para el seguidor interesado en el expediente, con sus diversas orientaciones e intereses, un considerable cumulo de datos, adecuado para arrojar luz sobre el expediente y aclarar su visión o el nivel de comprensión del mismo.
Por otro lado, sus conclusiones amplían las múltiples posibilidades que puede tomar el curso actual de la investigación, primero al estudiar y analizar estos documentos, y segundo al comparar el tema con muchos de los expedientes sensibles de carácter internacional, regional o interno libanés, que había tenido efectos pronunciados, en muchas de las situaciones políticas, de seguridad y judiciales asociadas a las mismas.
Estos documentos arrojan luz sobre el papel de todos los involucrados en el curso del caso, desde el inicio hasta la etapa intermedia en la que se complica el expediente luego de la superposición de competencias, hasta la etapa de la confiscación del nitrato y su almacenamiento en el hangar número 12 y el curso de los trámites relacionados con el envío, a la etapa de la catastrófica explosión, y finalmente a la etapa más importante, que es el aprovechamiento político, popular, internacional, regional y local de la explosión.
Revelan en primer lugar el papel de la UNIFIL, y cómo su inacción o complicidad contribuyó al ingreso de un cargamento peligroso al puerto de Beirut, mientras que su misión principal, basada en la Resolución 1701, era averiguar y ser más estricta, y considerar las posibilidades de que se filtre este envío o parte del mismo para su uso como explosivos y en la fabricación de artefactos explosivos; la necesidad del control o impedir su llegada se incluye entre las disposiciones básicas de la Resolución 1701, que rigen su misión y papel en El Líbano en general, y en los límites de sus aguas territoriales en particular.
Evidencian la responsabilidad del ejército libanés, al menos indirectamente y en lo moral, siendo el responsable de la seguridad del puerto y del país, especialmente con su despliegue en los cruces marítimos, y en particular con su presencia en el puerto, al no tomar todas las medidas requeridas que le confiere su papel fundamental y principal, para prevenir esta devastadora explosión; ante el planteamiento de más de una interrogante sobre el grado de su responsabilidad directa, y la existencia de resoluciones impartidas por autoridades judiciales correspondientes, que son las únicas que poseen en base a las leyes y regulaciones vigentes, la facultad de tomar las medidas y decisiones adecuadas para alejar el peligro del nitrato de amonio explosivo, permitiendo que sea subastado, sacado del país o destruido.
También es posible deducir de estos documentos presentados por Al Mayadeen, la responsabilidad de la parte encargada de la labor administrativa, o sea, las autoridades directamente responsables de controlar el proceso de entrada de mercancías o el proceso de control y almacenamiento de las mismas, como lo son, la Dirección de Aduanas y la Administración Portuaria de Beirut, y que tan fiables fueron los trámites que realizaron o siguieron después de la entrada del nitrato y su almacenamiento en hangar número 12, hasta el momento de la explosión.
Todos estos documentos de peso que tienen un carácter casi determinante en el manejo y el esclarecimiento de la investigación, y que están al alcance de la opinión pública, y en consecuencia ante las autoridades judiciales y políticas, de seguridad y militares, deben constituir un incentivo para reconsiderar la estrategia de la Investigación judicial, después de colocar a un lado la arbitrariedad en las acusaciones, las imputaciones, la rendición de cuentas y la citaciones, centrándose en los siguientes puntos:
¿Por qué se retrasa el informe técnico sobre cómo ocurrió la explosión? En un momento en el que las partes afectadas, ya sean las familias de los mártires y de los heridos o los que solo han sido perjudicados económicamente, necesitan del informe técnico para lograr hacer sus reclamos; un informe que se supone debe revelar cómo ocurrió la explosión, sea este un acto de sabotaje terrorista o un ataque israelí, como fue señalado por muchos dentro y fuera del país, a causa de sospechas obvias, especialmente porque la decisión acusatoria que se supone debe dictar el investigador judicial no puede ser apelada, y pasa a ser directamente ante el Consejo Judicial como un concejo de juicio definitivo, lo cual supone que los demandantes deben basarse en fundamentos sólidos y necesarios para la elaboración de sus escritos procesales; entonces ¿Contra quién introducirán su demanda? ¿Contra “Israel” o contra un ente subversivo o contra una administración o un organismo oficial por negligencia o en calidad de imputado por un delito premeditado? ¿Cómo se pueden elaborar las solicitudes de compensación a las compañías de seguros? ¿Pueden las personas afectadas esperar décadas para obtener sus derechos?
Hay quienes dicen que la decisión acusatoria no es un veredicto final, y luego de que sea pronunciada, se inicia el juicio dándole la oportunidad a cada parte para defenderse o demandar, teniendo plena facultad para presentar y plantear lo que estime oportuno o lo que quiera, así como tiene derecho de refutar o cuestionar lo que le ha sido imputado.
Esto es cierto en principio, pero estamos hablando de una situación que se asemeja a muchos casos en El Líbano y fuera de él, impactante en términos de su eco en los medios de comunicación, orientación y en la presión de múltiples fuentes, y lo más importante las sanciones y las cargas financieros para las personas o las personas jurídicas.
Lo más importante en el tema y también relacionado con la no divulgación del informe técnico por parte del investigador judicial, es que este informe, y en el caso de la explosión del puerto, es de gran importancia, ya que su publicación corta la controversia, la politización o las acusaciones contra una determinada fuerza o fuerzas consideradas objetivos, mediante la explotación de lo se filtra adrede a los medios de comunicación y políticamente de forma sospechosa y dirigida desde el exterior.
Es evidente que los estadounidenses, que buscan atacar a la Resistencia libansa aprovechando la explosión, lograron anteriormente, por medio de sus ramificadas capacidades políticas y financieras a nivel mundial, clasificar al partido como una organización terrorista, en momentos en el que la Resistencia luchó contra el terrorismo de una manera más efectiva y decorosa que cualquier otra fuerza; asimismo, también lograron aislarlo financieramente del mundo, chantajeando y amenazando a todos los bancos y a los entes financieros en El Líbano y el mundo.
Por lo tanto, ellos pueden, afectar negativamente a la Resistencia, en los medios de comunicación y en gran medida en las próximas elecciones, a través de una decisión acusatoria amañada, independientemente de la veracidad de las acusaciones que se le formulen, las cuales, probablemente a través de la parcialización y la arbitrariedad de la investigación estarían listas y preparadas a la medida para que sirvan aquella estrategia estadounidense.
De aquí, surge la importancia de lo que ha señalado Al Mayadeen, a través de los documentos y evidencias que reveló, específicamente a través de los resúmenes de los múltiples informes técnicos provenientes de diferentes fuentes y tendencias, sobre la exclusión de la posibilidad de sabotaje y la exclusión de la agresión israelí, y considerar que la causa de la explosión se limite de manera lógica y muy probable a la chispa producto de trabajos de soldadura de las puertas de hierro del hangar número 12, a causa de las condiciones en las que se encontraba regado el nitrato, el alto grado de humedad y la interacción de materiales inflamables y químicos con fuegos artificiales, todos los cuales se encontraban entre los materiales prohibidos almacenados junto con el nitrato de amonio.
Todo ello se considera un punto fundamental en la investigación, que expone el amañamiento que sufrió la misma, ya que era necesario e importante publicar este dato técnico emitido por técnicos especializados extranjeros tan pronto como se diera a conocer, porque elimina las posibilidades que conllevan a variadas interpretaciones que buscan acusar a Hezbollah y responsabilizarlo por la explosión, sometiéndolo como hemos observado, en el curso de la acusación, por medios de comunicación y grupos políticos afines a Estados Unidos y a otros países de la región.
Las ideas y opiniones expresadas en este artículo son las de su autor y no reflejan necesariamente el punto de vista de Al Mayadeen.